
Invertir en ciberseguridad es invertir en compliance
Con independencia de la actividad de la empresa que se dispone a implantar un plan de prevención de delitos las medidas de control y prevención adoptadas deben tener en cuenta también la ciberseguridad.
Los delitos que se pueden cometer en el seno de las personas jurídicas a través de los medios informáticos son, entre otros, los siguientes:
Delitos de descubrimiento y revelación de secretos (arts. 197 y ss. CP)
Delitos de daños informáticos (arts. 264 y ss. CP)
Delito de revelación de secreto de empresa (art. 278 CP)