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Ley Orgánica 1/2025: Reforma Estructural del Sistema de Justicia en España


El 3 de enero de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley Orgánica 1/2025, que introduce una profunda transformación en el sistema judicial español. La ley tiene como objetivo principal modernizar el servicio público de justicia, mejorar su eficiencia y garantizar su accesibilidad en todo el territorio. Su entrada en vigor está prevista para el 1 de julio de 2025, aunque algunas de sus disposiciones tendrán un desarrollo progresivo. A continuación, se analizan en detalle los principales cambios y su impacto.


Contexto y Necesidad de la Reforma

El sistema de justicia español, caracterizado por el predominio de juzgados unipersonales y procedimientos tradicionales, ha mostrado signos de ineficiencia en los últimos años:

  • Aumento de la carga judicial.
  • Recursos insuficientes en ciertas áreas.
  • Escasa especialización en algunos órganos jurisdiccionales.
  • Desigualdad en los tiempos de resolución de casos.

La Ley Orgánica 1/2025 responde a estas necesidades mediante una reorganización integral del sistema, adaptada a las demandas de una sociedad moderna y digitalizada.


1. Creación de los Tribunales de Instancia

La reforma sustituye los juzgados unipersonales por Tribunales de Instancia, que funcionarán como órganos colegiados. Este cambio implica:

  • Especialización: Secciones diferenciadas para materias específicas como familia, mercantil, violencia de género, menores y otras.
  • Homogeneización: Un único tribunal por partido judicial, con normas organizativas uniformes que garantizan la eficiencia.
  • Simplificación organizativa: Eliminar duplicidades y unificar procedimientos en cada partido judicial.

2. Oficinas de Justicia en los Municipios

Las antiguas Juzgados de Paz evolucionan hacia Oficinas de Justicia en los Municipios, que desempeñarán un papel clave en la descentralización del sistema judicial:

  • Ampliación de competencias:
    • Asistencia en el Registro Civil.
    • Resolución de trámites judiciales y administrativos locales.
    • Gestión de medios alternativos de resolución de conflictos.
  • Proximidad en zonas rurales: Estas oficinas estarán equipadas para atender a ciudadanos en localidades menos pobladas, reduciendo la necesidad de desplazamientos a grandes ciudades.
  • Digitalización: Actos procesales y consultas podrán realizarse a distancia mediante herramientas tecnológicas.

3. Digitalización del Sistema Judicial

La ley acelera la transformación digital del sistema judicial:

  • Expediente Judicial Electrónico: Fin al uso del papel, con acceso seguro y remoto a expedientes para usuarios y profesionales.
  • Plataformas telemáticas: Facilitan la comunicación entre tribunales, abogados y ciudadanos.
  • Herramientas avanzadas: Sistemas de gestión procesal que permiten mayor rapidez y transparencia.

4. Medios Alternativos de Solución de Controversias (MASC)

Para descongestionar los tribunales y fomentar acuerdos, se potencia el uso de Medios Alternativos de Solución de Controversias (MASC):

  • Mediación obligatoria en ciertos casos, como conflictos civiles y mercantiles.
  • Derecho colaborativo: Negociación asistida por profesionales para alcanzar acuerdos satisfactorios sin necesidad de juicio.
  • Validez ejecutiva de acuerdos: Los pactos alcanzados podrán homologarse judicialmente o elevarse a escritura pública.

5. Protección a Colectivos Vulnerables

La ley incorpora medidas específicas para colectivos vulnerables, como mujeres, menores y víctimas de violencia:

  • Secciones especializadas en los Tribunales de Instancia para abordar casos de violencia de género e infantil.
  • Acceso facilitado a la justicia: Plataformas y procedimientos adaptados para reducir los obstáculos en la denuncia y el seguimiento de casos.

6. Eficiencia y Sostenibilidad

La reforma busca optimizar recursos y garantizar la sostenibilidad del sistema judicial:

  • Ahorro de recursos: Menor uso de papel y reducción de desplazamientos gracias a la digitalización.
  • Impacto ambiental positivo: Disminución de la huella ecológica mediante procesos telemáticos.

7. Entrada en Vigor

  • La Ley Orgánica 1/2025 entrará en vigor el 1 de julio de 2025, aunque algunas disposiciones, como la creación de los Tribunales de Instancia y la implementación completa de las Oficinas de Justicia en los Municipios, se desarrollarán de manera progresiva.
  • El Ministerio de Justicia ha establecido un cronograma para garantizar una transición ordenada y eficiente hacia el nuevo modelo organizativo.

Impacto de la Reforma

Esta ley representa un cambio sustancial en la organización y prestación del servicio público de justicia. Si bien se espera que su implementación mejore significativamente la eficiencia y accesibilidad del sistema, también plantea retos en términos de adaptación tecnológica, coordinación interadministrativa y formación del personal.

Desde nuestro despacho, estamos comprometidos a mantener informados a nuestros clientes sobre los efectos de esta reforma y a ofrecerles el mejor asesoramiento legal en este periodo de transición. Si tienes dudas sobre cómo esta ley podría afectarte, contacta con nosotros para una consulta personalizada.

Un sistema de justicia más eficiente y cercano es posible. Estamos aquí para ayudarte a entender y aprovechar estos cambios.


Lee aquí  Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.